El Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Barcelona concedió la exoneración total de más de 800 000 € de deuda pública a un empresario, basándose en el principio de proporcionalidad y la libertad de interpretación flexible del TJUE.[3]
El Auto analiza detalladamente las circunstancias económicas y sociales del deudor y concluye que un límite de 10 000 € resultaría contrario a la finalidad protectora de la LSO. Además, valora la necesidad de favorecer la reinserción económica y la recuperación de la actividad productiva.
Este caso pionero demuestra que, en situaciones excepcionales, los jueces pueden obviar completamente los límites legales y aplicar la doctrina europea en favor de la exoneración integral. La resolución anima a los afectados a reclamar el máximo alcance de la Segunda Oportunidad, sin aceptar topes que no estén debidamente justificados.