Particular · Trabajador precario (Cartagena)

La situación
Nuestro cliente es un joven trabajador de Cartagena que ha encadenado empleos temporales y a tiempo parcial en sectores como la jardinería, la hostelería y los servicios, casi siempre cobrando el salario mínimo o menos, con largos periodos de desempleo entre contrato y contrato.
En esos huecos sin ingresos estables fue tirando de préstamos y tarjetas de crédito para cubrir sus gastos básicos. La deuda —13.567 €— se acumuló hasta hacerse imposible de devolver con unos ingresos tan reducidos e intermitentes. No tenía bienes ni ahorros.
Desglose de deudas
El proceso
Tras la evaluación inicial gratuita confirmamos que era un deudor de buena fe y reunía todos los requisitos de la Ley de Segunda Oportunidad. Al carecer de bienes, presentamos un concurso sin masa ante el Juzgado de lo Mercantil nº 4 de Murcia, con sede en Cartagena.
Transcurrido el plazo legal sin oposición de los acreedores, instamos la exoneración del pasivo insatisfecho, que el juzgado concedió íntegramente.
Resultado final
El Juzgado concedió el beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho (BEPI) sobre la totalidad de la deuda —13.567 €— y declaró la conclusión del concurso.
Desde la firmeza de la resolución, ninguna de las entidades puede reclamarle el cobro. El cliente pudo empezar de nuevo, sin deudas colgando sobre cada nómina.
Valoración del abogado
«La precariedad laboral empuja a mucha gente a endeudarse solo para llegar a fin de mes; no es mala fe, es supervivencia. Este cliente, con empleos temporales y largos periodos de paro, pudo cancelar toda su deuda de consumo y empezar de cero con la Ley de Segunda Oportunidad.»
D. Cristian de Alba López
Abogado director de Deudas a Cero
Colegiado nº 7.666 · Ilustre Colegio de Abogados de Murcia
Resolución judicial
Auto de concesión del beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho (BEPI) y conclusión del concurso. Juzgado de lo Mercantil nº 4 de Murcia (sede Cartagena), concurso sin masa nº 334/2025, de 3 de septiembre de 2025.
Auto judicial de exoneración (copia anonimizada)Documento oficial anonimizado: se han suprimido el nombre, el N.I.F. y demás datos personales del cliente conforme al deber legal de disociación de datos. La transcripción del auto permanece íntegra.
Resumen del caso
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