Casos de Éxito:
personas que empezaron de cero
Más de 1.500 familias y autónomos han cancelado sus deudas con nosotros. Aquí mostramos algunos casos reales con sentencia y cifra exacta.
El caso más significativo de nuestro despacho: a un cliente le denegaron en primera instancia exonerar su deuda con Hacienda (8.593 €, derivada de su participación en una comunidad de bienes). Recurrimos ante la Audiencia Provincial de Tarragona y ganamos, aplicando la doctrina más reciente del Tribunal Supremo (febrero de 2026) y del TJUE: la Audiencia revocó la denegación y declaró exonerable el crédito público.
Un vecino de Elche arrastraba 285.963 € de deuda —en su mayor parte con un mismo banco, tras la ejecución hipotecaria de un inmueble y varias ejecuciones judiciales— que llevaba años persiguiéndole. Mediante un concurso sin masa al amparo de la Ley de Segunda Oportunidad, el Juzgado de lo Mercantil nº 3 de Alicante, con sede en Elche (actual Tribunal de Instancia de Alicante, Sección de lo Mercantil, plaza n.º 3 con sede en Elche), le reconoció la exoneración definitiva del pasivo insatisfecho.
Un antiguo fontanero autónomo de la Región de Murcia acumuló 246.616 € de deuda bancaria cuando los pagarés con los que le pagaban sus clientes dejaron de atenderse. Mediante un concurso sin masa al amparo de la Ley de Segunda Oportunidad, el Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Murcia (actual Tribunal de Instancia de Murcia, Sección de lo Mercantil) le concedió la exoneración total del pasivo insatisfecho.
Una persona con incapacidad permanente absoluta, residente en Cartagena (Murcia) y con hijos a su cargo, arrastraba 242.315 € de deuda —en su mayoría el remanente de la hipoteca de su vivienda tras ser subastada—. A través de un concurso sin masa al amparo de la Ley de Segunda Oportunidad, el Juzgado de lo Mercantil nº 4 de Murcia, con sede en Cartagena (actual Tribunal de Instancia de Murcia, Sección de lo Mercantil, plaza n.º 4 con sede en Cartagena), acordó la exoneración total del pasivo insatisfecho (EPI).
Un matrimonio de Murcia arrastraba desde hace veinte años 85.608 € de deuda: los avales que firmaron para una pequeña empresa que fracasó y los créditos a los que tuvieron que recurrir después, con embargos sobre la nómina y la pensión. Mediante un concurso sin masa conjunto, el Tribunal de Instancia de Murcia, Sección de lo Mercantil, les concedió la exoneración del pasivo insatisfecho.
Autónomo del comercio en la Región de Murcia que arrastraba 81.685 € de deuda tras la subasta de su vivienda, el cierre de su antigua empresa y años de rendimientos casi nulos. Mediante un concurso sin masa al amparo de la Ley de Segunda Oportunidad, el Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Murcia (actual Tribunal de Instancia de Murcia, Sección de lo Mercantil) acordó la exoneración total del pasivo insatisfecho (EPI).
Un conductor asalariado de la Región de Murcia acumuló 75.730 € de deuda con once bancos y financieras después de que una operación y una larga baja médica hundieran sus ingresos. Tras un concurso con liquidación al amparo de la Ley de Segunda Oportunidad, el Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Murcia (actual Tribunal de Instancia de Murcia, Sección de lo Mercantil) acordó la exoneración total del pasivo insatisfecho (EPI).
Un joven autónomo de la Región de Murcia, sin ingresos propios, se vio con una deuda de 7.662 € surgida íntegramente de un accidente fortuito con patinete eléctrico —sin obligación de seguro— y una factura de asesoría. Mediante un concurso sin masa al amparo de la Ley de Segunda Oportunidad, el Tribunal de Instancia de Murcia acordó la exoneración total del pasivo insatisfecho en apenas dos meses.
Una madre divorciada de Murcia, con dos hijos a su cargo, acumuló 10.400 € de deuda —en su mayoría impuestos y multas municipales de un vehículo, además del impago de un alquiler y un préstamo—. Mediante un concurso sin masa al amparo de la Ley de Segunda Oportunidad, el Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Murcia (actual Tribunal de Instancia de Murcia, Sección de lo Mercantil) acordó la exoneración total del pasivo insatisfecho.
Un matrimonio de la provincia de Alicante arrastraba desde la crisis de 2009 un pasivo de 189.663 € en créditos bancarios que habían sido vendidos en cadena a fondos de recuperación. Mediante un concurso sin masa al amparo de la Ley de Segunda Oportunidad, el Juzgado de lo Mercantil nº 3 de Alicante, con sede en Elche (actual Tribunal de Instancia de Alicante, Sección de lo Mercantil, plaza n.º 3 con sede en Elche), acordó la exoneración definitiva de toda la deuda.
Un joven trabajador de Cartagena, con empleos temporales y largos periodos de paro, acumuló 13.567 € en préstamos y tarjetas para llegar a fin de mes. Mediante un concurso sin masa al amparo de la Ley de Segunda Oportunidad, el Juzgado de lo Mercantil nº 4 de Murcia, con sede en Cartagena (actual Tribunal de Instancia de Murcia, Sección de lo Mercantil, plaza n.º 4 con sede en Cartagena), acordó la exoneración total del pasivo insatisfecho.
Una mujer divorciada de Murcia, desempleada y con dos hijos menores a su cargo, arrastraba 56.130 € de deuda tras el cierre de su antigua actividad como autónoma. A través de la Ley de Segunda Oportunidad se canceló su deuda ordinaria y la deuda pública quedó integrada en un plan de pagos asumible, poniendo fin a las ejecuciones que la asfixiaban.
Un trabajador por cuenta ajena de la provincia de Alicante, que atravesó una baja médica y con hijos a su cargo, acumuló 54.189 € de deuda de consumo y obligaciones públicas. Mediante la Ley de Segunda Oportunidad se exoneró su deuda ordinaria y el resto se reconduo a un plan de pagos a cinco años.
Un trabajador de Cartagena, padre de un hijo al que pasa pensión de alimentos, acumuló 30.808 € de deuda tras financiar un coche y quedarse en paro. Mediante un concurso sin masa al amparo de la Ley de Segunda Oportunidad, el Juzgado de lo Mercantil nº 4 de Murcia, con sede en Cartagena (actual Tribunal de Instancia de Murcia, Sección de lo Mercantil, plaza n.º 4 con sede en Cartagena), le concedió la exoneración total del pasivo insatisfecho.
Un trabajador de la Vega Baja (Alicante), padre de una hija, acumuló 28.153 € en tarjetas, préstamos y microcréditos por la inestabilidad laboral, los bajos ingresos y un problema de salud. Tras intentar un acuerdo extrajudicial de pagos, el Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Orihuela le concedió la exoneración del pasivo insatisfecho.
Una pensionista viuda de edad avanzada de la comarca de Cartagena, que vive de una pensión de viudedad de unos 800 € al mes, acumuló 19.012 € de deuda tras financiar un coche para poder ir al médico. Mediante un concurso sin masa, el Tribunal de Instancia de Murcia, Sección de lo Mercantil (plaza n.º 4 con sede en Cartagena), le concedió la exoneración del pasivo insatisfecho.
Estos son solo algunos de nuestros +1.500 casos. Cada situación es única.
Consulta tu caso — GratisLo que dicen nuestros clientes
“Llevaba 6 años con deudas. En 7 meses lo cancelaron todo. Ojalá lo hubiera hecho antes.”
“Pensaba que iba a perder mi casa. No fue así. El equipo me guio en todo momento.”
“Tenía miedo de que fuera una estafa. Pero todo fue transparente desde el primer día.”
“El proceso fue más fácil de lo que pensaba. Me explicaron todo paso a paso.”
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