Ley de Segunda
Oportunidad en Molina de Segura
Si vives en Molina de Segura y tus deudas ya no te dejan vivir, la Ley de Segunda Oportunidad te permite pedir al juez que las cancele mediante la exoneración del pasivo insatisfecho (EPI). Tu caso lo resuelve la Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Murcia y nuestro despacho está en el centro de Murcia, así que puedes elegir entre venir en persona o hacerlo todo online.
¿Qué tribunal lleva tu caso si vives en Molina de Segura?
Tribunal de Instancia de Murcia — Sección de lo Mercantil
Molina de Segura es cabeza de partido judicial y tiene su propio Tribunal de Instancia, pero sin Sección de lo Mercantil. Con la reforma de la Ley Orgánica 1/2025, el artículo 87.1 de la Ley Orgánica del Poder Judicial atribuye los concursos a una Sección de lo Mercantil con jurisdicción en toda la provincia y sede en la capital: el Tribunal de Instancia de Murcia — Sección de lo Mercantil, en la Ciudad de la Justicia.
Esto vale también para quienes viven en Alguazas, Archena, Ceutí, Lorquí o Las Torres de Cotillas. Es el mismo órgano ante el que llevamos la mayoría de nuestros asuntos, por lo que conocemos su forma de trabajar y los documentos que suele pedir.
Presencial en Murcia u online: tú eliges
Molina forma parte del área metropolitana de Murcia, así que muchos clientes de la zona prefieren una primera reunión en nuestro despacho de la calle Platería, 44. Otros lo resuelven todo por WhatsApp y videollamada. El resultado del trabajo es el mismo por las dos vías.
Tras la valoración gratuita te pedimos la documentación por fases, para no abrumarte: primero ingresos y deudas, después certificados de Hacienda, Seguridad Social y bienes. Con tu autorización podemos descargar nosotros buena parte de esos certificados.
Una vez presentada la solicitud, te informamos de cada resolución del juzgado y te explicamos qué significa y qué viene después, sin tecnicismos.
Perfiles de deudor en Molina de Segura y alrededores
Molina y la Vega Media tienen una fuerte base industrial (conserveras, alimentación, polígonos) y mucha población que trabaja en Murcia capital. Situaciones que vemos encajar con la Ley de Segunda Oportunidad en un entorno así:
Asalariados de la industria con deudas de consumo
Nóminas estables pero insuficientes para atender varios préstamos personales, tarjetas revolving y financiaciones de coche o muebles acumuladas con los años.
Pequeños empresarios de polígono
Autónomos de talleres, reformas o distribución que cerraron la actividad y siguen respondiendo personalmente de proveedores, préstamos ICO o cuotas atrasadas.
Parejas tras una separación
Deudas firmadas por los dos que ahora recaen sobre uno solo, a veces con la vivienda común de por medio.
Personas con la nómina embargada
Quien ve cada mes cómo se retiene parte del sueldo sin que la deuda baje apenas por los intereses. Con la declaración de concurso se suspenden, con algunas excepciones legales, las ejecuciones singulares.
Cómo avanza el procedimiento
Plazos orientativos: dependen de cada caso y de la carga de trabajo del juzgado. Nadie puede garantizarte un plazo ni un resultado.
| Fase | Qué ocurre | Plazo orientativo |
|---|---|---|
| Valoración y encargo | Estudiamos deudas, ingresos y bienes y te decimos si el caso es viable y por qué vía. | Habitualmente en 24 h |
| Documentación | Reunimos certificados, extractos, lista de acreedores e inventario de bienes. | Depende de lo rápido que reunamos los papeles |
| Solicitud de concurso | Presentación electrónica ante la Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia competente. | En cuanto el expediente está completo |
| Tramitación | Declaración de concurso; si no hay bienes, concurso sin masa; si los hay, liquidación. | Variable según el juzgado |
| Exoneración (EPI) | El juez resuelve por auto sobre la exoneración del pasivo insatisfecho. | 4–8 meses en total sin bienes; con bienes puede superar el año |
Se pueden exonerar las deudas ordinarias (préstamos, tarjetas, avales, proveedores, deuda de fondos). Quedan fuera, entre otras, las pensiones de alimentos, la responsabilidad civil derivada de delito, las multas penales y la parte de las deudas con Hacienda y con la Seguridad Social que supere el límite legal: hasta 10.000 € con Hacienda y otros 10.000 € con la Seguridad Social pueden exonerarse (art. 489 TRLC). Ver la lista completa.
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Concurso sin masa ante la Sección de lo Mercantil de Murcia.
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Resuelto por el Tribunal de Instancia de Murcia, Sección de lo Mercantil, en abril de 2026.
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Ley de Segunda Oportunidad en Molina de Segura: dudas habituales
¿Qué juzgado lleva mi caso si vivo en Molina de Segura?
La Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Murcia. Aunque Molina tiene Tribunal de Instancia propio, no cuenta con Sección de lo Mercantil, y la ley atribuye los concursos a la Sección con sede en la capital y jurisdicción en toda la provincia.
¿Puedo ir a vuestra oficina?
Sí. Nuestro despacho está en la calle Platería, 44 (entresuelo A, puerta 8), en el centro de Murcia. Pide cita por WhatsApp o teléfono. Si lo prefieres, todo el proceso se puede hacer a distancia.
Tengo la nómina embargada, ¿se para el embargo?
Con la declaración de concurso no pueden iniciarse nuevas ejecuciones singulares y las que están en marcha quedan en suspenso, con las excepciones que prevé la ley. Te explicamos en tu caso concreto cuándo y cómo se levanta la retención.
¿Puedo conservar mi casa en Molina?
Depende de su valor, de lo que quede de hipoteca y de tus ingresos. La vía del plan de pagos permite en muchos casos conservar la vivienda habitual si sigues pagando la hipoteca. Lo estudiamos antes de presentar nada.
¿Cuánto tarda?
Habitualmente entre 4 y 8 meses si no hay bienes que liquidar; con bienes puede superar el año. El plazo exacto depende de la carga de trabajo de la Sección de lo Mercantil de Murcia en cada momento.
¿Vives en Molina de Segura y no puedes con tus deudas?
Primera consulta gratuita y sin compromiso con el letrado Cristian de Alba López (colegiado nº 7.666 del ICAMUR). Te decimos con claridad si tu caso encaja y qué puedes esperar.
